Presente su solicitud de orden de restricción por violencia en el hogar

Una vez que termine de llenar sus papeles de la corte, tiene que presentarlos (entregarlos) a la corte. Presentar significa entregar sus papeles a la corte para que un juez los revise.

💵 No hay cuota de la corte para presentar los papeles de su orden de restricción.

Cómo presentar documentos en la corte

  • Presente (entregue) sus documentos al secretario de la corte

    Puede presentar sus formularios:

    • En persona en la corte: Encuentre la corte en su condado que acepte papeles de órdenes de restricción visitando el sitio web de su corte.
      • En la corte, presentará los formularios dándole el original y 2 copias al secretario de la corte.
      • Luego, un juez revisará sus formularios.
      • El secretario de la corte le dirá cuándo debe regresar para recoger sus papeles de la corte.
    • En línea (se llama presentación electrónica o e-filing, en inglés). Vaya al sitio web de su corte para saber cómo presentar electrónicamente.
      • La corte le devolverá sus formularios electrónicamente.
    • Dejándolos en un buzón (si está disponible). Muchas cortes tienen buzones donde puede dejar sus formularios, ya sea dentro o fuera de la corte.
      • Si pone sus papeles de la corte en un buzón, asegúrese de incluir el original más 2 copias, y use un sobre o una liga para mantener todos sus papeles juntos.
      • De todas formas, tendrá que regresar a la corte para recoger sus papeles de la corte.
      • Usar un buzón puede que no sea la forma más rápida de que un juez revise sus papeles. Si necesita protección de inmediato, lleve sus formularios a un secretario de la corte o preséntelos en línea.
  • Averigüe cuándo estarán listos sus documentos para recogerlos

    Es posible que el juez pueda revisar su solicitud ese mismo día. Si no, tendrá que regresar a la corte al día siguiente. Pregúntele al secretario de la corte cuándo debe regresar para recoger sus papeles de la corte.

    La corte le devolverá los formularios electrónicamente. Para asegurarse de que conoce el proceso, consulte con el secretario de la corte o el centro de ayuda ↗️ (el enlace se abre en una pestaña nueva)para saber cómo obtener sus papeles de la orden de restricción.
  • Revise los documentos y las órdenes del juez

    Una vez que tenga sus formularios de vuelta de la corte, lea los formularios para ver qué ordenó el juez.

    • 📅 Tiene una fecha de corte. Vea el formulario DV-109 para saber cuándo y dónde es su fecha de corte (audiencia de la corte).
    • Si el juez firmó el formulario DV-110, esto significa que tiene una orden de restricción temporal.
      • Las órdenes otorgadas en el formulario DV-110 solo duran hasta su fecha de corte.
      • Tiene que ir a su fecha de corte si quiere una orden de restricción a largo plazo (hasta 5 años).
      • Mantenga una copia del formulario DV-110 con usted en todo momento.
      • Si tiene un teléfono, también puede usarlo para tomar una foto de todas las páginas para que siempre tenga prueba de esto. Tener una copia de su orden de restricción le ayudará si necesita llamar a la policía para reportar una violación.

    ⚠️ Si el juez no le otorgó una orden de restricción temporal

    • El juez todavía puede otorgarle una orden de restricción en su fecha de corte.
    • Si todavía quiere una orden de restricción, siga todos los pasos del proceso, incluyendo hacerle la entrega legal a la otra parte.
    • Si ya no quiere una orden de restricción, no tiene que ir a su fecha de corte. También puede cancelar su fecha de corte.
    • 💬 Para más información sobre cómo cancelar su fecha de corte, reciba ayuda del centro de ayuda ↗️ o hable con un abogado ↗️.

    Si el juez solo otorgó algunas de las órdenes que pidió

    • Si el juez no otorgó algunas de las órdenes que pidió, todavía puede pedirlas en la fecha de corte.
      • El juez decide si otorga las órdenes temporales, como una orden de mantenerse alejado o una orden de mudarse, según lo que esté escrito en su solicitud (formulario DV-100), así que esté preparado para dar más información sobre por qué necesita estas órdenes.
    • Otras órdenes, como la manutención de los hijos y la manutención del cónyuge, solo se pueden otorgar después de que se le haga la entrega legal de su solicitud a la otra parte. Entonces, una vez que haga la entrega legal de sus papeles, el juez puede otorgar estas órdenes en la fecha de corte.
    ¿Qué pasa si me preocupa mi seguridad?
    Hay personas que pueden ayudarle a crear un plan de seguridad para estar a salvo en casa, el trabajo, la escuela, otros lugares a los que va, y en línea. Para saber más sobre cómo crear un plan, vaya a la Línea Nacional de Violencia Doméstica o llame al 1-800-799-SAFE.

Recoja sus documentos de la corte en la oficina del secretario

¿Cuáles son los siguientes pasos?

Después de que le den una fecha de corte para su orden de restricción, tiene que hacer que alguien le entregue una copia de sus papeles de la corte a la persona de quien necesita protección (la otra parte en su caso). Esto se llama hacer la entrega legal de los papeles de la corte.

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