Órdenes de restricción por delitos en comercios minoristas (para negocios)

Una empresa puede solicitar una orden de la corte para impedir que alguien regrese a su establecimiento si esa persona ha cometido delitos en comercios minoristas dos o más veces.

 

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Qué hace esta orden

Esta es una orden de restricción civil que puede:

  • evitar que alguien entre en su negocio

  • impedirle la entrada a ubicaciones cercanas de su negocio si este es una cadena o franquicia

  • durar hasta 2 años

La corte sólo puede dar la orden si:

  • la persona fue arrestada o citada 2 o más veces por ciertos delitos, y

  • hay una gran posibilidad de que regrese a su tienda.

Quién puede pedirla

Solo un abogado puede presentar este tipo de orden de restricción. Su abogado tiene que ser:

  • un fiscal

  • un abogado de la ciudad

  • un abogado del condado

  • un abogado privado contratado por su negocio

📌 El propietario de un negocio no puede presentar esto sin un abogado.

Qué delitos califican

La persona tiene que haber sido arrestada o citada al menos dos veces por uno o más de estos:

  • robo en tiendas

  • robo en su negocio

  • robo organizado en comercios minoristas

  • vandalismo

  • agresión a un empleado de la tienda

Formularios que tiene que usar su abogado

🔗 Todos los enlaces a formularios de la corte se abren en una nueva pestaña. 

Su abogado tiene que presentar estos formularios en la corte:

También hay una hoja informativa para ayudarle a comprender el proceso:

Qué pasa en la corte

  • La corte dará una fecha de audiencia.

  • Su abogado tiene que ir a la audiencia.

  • Usted puede llevar pruebas o declaraciones juradas de testigos.

  • Se le tendrá que hacer la entrega legal a la persona al menos 5 días antes de la audiencia.

Si el juez da la orden

El juez puede ordenar a la persona que:

  • Se mantenga alejada de su tienda

  • Se mantenga alejada de otras tiendas cercanas de su cadena

📅 La orden puede durar hasta 2 años. Se informará a la policía sobre la orden.

¿Qué pasa si la persona no obedece la orden?

Llame a la policía. La persona puede ser arrestada y acusada de un delito.

¿Pueden usted y la otra persona acordar cancelar la orden?

No. Una vez que el juez emite la orden, solo el juez puede cambiarla o cancelarla. Usted o la otra persona tienen que solicitarle a la corte por escrito que la cancele.

Puntos clave

  • Tiene que tener un abogado para solicitar esta orden.

  • La persona tiene que haber sido arrestada o citada 2 o más veces.

  • La corte puede impedirle a esa persona ir a su tienda.

  • Usted tiene que hacer la entrega legal de los documentos al menos 5 días antes de la audiencia.

  • La orden puede durar hasta 2 años.

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