Órdenes de restricción por delitos en comercios minoristas (para negocios)
Una empresa puede solicitar una orden de la corte para impedir que alguien regrese a su establecimiento si esa persona ha cometido delitos en comercios minoristas dos o más veces.
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Qué hace esta orden
Esta es una orden de restricción civil que puede:
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evitar que alguien entre en su negocio
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impedirle la entrada a ubicaciones cercanas de su negocio si este es una cadena o franquicia
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durar hasta 2 años
La corte sólo puede dar la orden si:
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la persona fue arrestada o citada 2 o más veces por ciertos delitos, y
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hay una gran posibilidad de que regrese a su tienda.
Quién puede pedirla
Solo un abogado puede presentar este tipo de orden de restricción. Su abogado tiene que ser:
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un fiscal
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un abogado de la ciudad
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un abogado del condado
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un abogado privado contratado por su negocio
📌 El propietario de un negocio no puede presentar esto sin un abogado.
Qué delitos califican
La persona tiene que haber sido arrestada o citada al menos dos veces por uno o más de estos:
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robo en tiendas
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robo en su negocio
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robo organizado en comercios minoristas
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vandalismo
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agresión a un empleado de la tienda
Formularios que tiene que usar su abogado
🔗 Todos los enlaces a formularios de la corte se abren en una nueva pestaña.
Su abogado tiene que presentar estos formularios en la corte:
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Petición de Orden de restricción por delitos en comercios minoristas (formulario RT-100)
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Información confidencial para las agencias del orden público (formulario CLETS-001) (en español)
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Orden de restricción por delitos en comercios minoristas (CLETS-RTO) (formulario RT-130)—si el juez lo pide—
También hay una hoja informativa para ayudarle a comprender el proceso:
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¿Cómo obtengo una Orden para prohibir los delitos en comercios minoristas? (formulario RT-100-INFO) (en español)
Qué pasa en la corte
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La corte dará una fecha de audiencia.
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Su abogado tiene que ir a la audiencia.
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Usted puede llevar pruebas o declaraciones juradas de testigos.
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Se le tendrá que hacer la entrega legal a la persona al menos 5 días antes de la audiencia.
Si el juez da la orden
El juez puede ordenar a la persona que:
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Se mantenga alejada de su tienda
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Se mantenga alejada de otras tiendas cercanas de su cadena
📅 La orden puede durar hasta 2 años. Se informará a la policía sobre la orden.
¿Qué pasa si la persona no obedece la orden?
Llame a la policía. La persona puede ser arrestada y acusada de un delito.
¿Pueden usted y la otra persona acordar cancelar la orden?
No. Una vez que el juez emite la orden, solo el juez puede cambiarla o cancelarla. Usted o la otra persona tienen que solicitarle a la corte por escrito que la cancele.
Puntos clave
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Tiene que tener un abogado para solicitar esta orden.
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La persona tiene que haber sido arrestada o citada 2 o más veces.
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La corte puede impedirle a esa persona ir a su tienda.
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Usted tiene que hacer la entrega legal de los documentos al menos 5 días antes de la audiencia.
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La orden puede durar hasta 2 años.