Presente una solicitud para cambiar el nombre de su hijo (cuando 1 o más padres no firmaron la solicitud)

Una vez que haya llenado los formularios, debe presentarlos en la corte y pagar la cuota. Si usted no puede pagar la cuota, puede pedir a la corte que le otorgue una exención de cuotas.

Cómo presentar los formularios ante la corte

  • Lleve sus formularios al secretario de la corte

    1. Si vive en California, vaya a la corte superior del condado donde vive su hijo
      Si hay diferentes sucursales, consulte el sitio web de su corte, hable con su centro de ayuda ↗️ (el enlace se abre en una nueva pestaña), o encuentre la corte más cercana ↗️ donde se presentan casos civiles.
    2. Entréguele sus formularios al secretario de la corte
      En el juzgado, entréguele al secretario de la corte el original y las copias de sus formularios. El secretario sellará los formularios, guardará el original y le devolverá las copias.
    3. El secretario le dará una fecha de audiencia
      Cuando el secretario presente la Orden de presentar motivos justificativos — Cambio de nombre (formulario NC-120) ↗️, escribirá una fecha de audiencia en ella. Esta es la fecha en que el juez tomará una decisión sobre su solicitud de cambiar el nombre de su hijo.
      • Necesitará la Orden de presentar motivos justificativos para publicarla en el periódico antes de la fecha de audiencia.

    Sí, puede presentarlos por correo. Envíe por correo el original y 3 copias al secretario. Tiene que incluir la cuota de presentación (o una solicitud de exención de cuotas) y un sobre con su dirección y estampilla para que el secretario pueda enviarle sus copias por correo. Asegúrese de incluir suficiente franqueo. Si no incluye un sobre con su dirección y estampilla, tendrá que ir al juzgado a recoger sus copias.

    Algunas cortes permiten la presentación en línea. Puede averiguar si su corte tiene presentación en línea en el sitio web de su corte ↗️.

  • Pague la cuota de presentación

    💵  Tiene que pagar una cuota de $435-$450 al secretario cuando presente sus formularios.

    Si no puede pagar la cuota, puede pedirle al secretario una exención de cuotas ↗️. Puede calificar para una exención de cuotas si:

    • recibe beneficios públicos
    • sus ingresos son menores a una cantidad establecida
    • no puede pagar la cuota y cubrir sus necesidades básicas

    📌 La exención de cuotas cubre las cuotas de la corte, no la cuota para publicar en el periódico.

  • Pregunte al secretario sobre los próximos pasos de su corte

    Tendrá que hacerle la entrega legal al otro padre o padres de su hijo y publicar la solicitud en el periódico. Haga clic en esos pasos a continuación para obtener más información.

    También tiene otros pasos a seguir que pueden variar según la corte:

    • En algunas cortes, tiene que ir a la fecha de audiencia indicada en los documentos para obtener la decisión del juez.
    • En otras, solo va a la fecha de audiencia si alguien se opone. En estas cortes, si nadie se opone y siguió todos los pasos, puede recoger una orden de cambio de nombre firmada del secretario de la corte.

    📌 Cuando presente sus formularios, pregúntele al secretario cómo maneja su corte este paso final.

Cambio de nombre del menor cuando uno o más padres no firman la solicitud

¿Cuáles son los siguientes pasos?

Una vez que haya presentado los formularios, tiene que hacerle la entrega legal al otro padre o padres que no firmaron la solicitud y publicar su solicitud en un periódico.

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