Averigüe a quién tiene que notificar y cómo
Después de presentar sus documentos, tiene que dar aviso a los familiares del menor y a ciertas personas más sobre el caso y la fecha de la audiencia. También es posible que tenga que informarles al menor y a otros adultos en la vida del menor sobre el caso. Para avisarles, tiene que pedirle a alguien que les entregue una copia de los documentos de la corte (lo que se llama hacer la entrega legal de los documentos de la corte).
A quién tiene que notificar
Cuando pida ser nombrado tutor, tendrá que notificarlo a los siguientes:
- Al menor, si tiene 12 años o más
- A los padres del menor
- A la persona que tenga la custodia legal del menor
- Al tutor del patrimonio del menor (si lo hay)
- A cualquier persona nominada para ser tutor del menor
- A los abuelos de ambos lados del menor
- A los hermanos del menor, incluidos los medios hermanos
- A cualquier persona que tenga al menor a su cuidado (si no es la persona que tiene la custodia legal)
Es posible que también tenga que notificar al departamento de servicios humanos o de servicios sociales de su condado. Y, si no tiene parentesco con el menor, tendrá que notificar al Departamento de Servicios Sociales de California.
En su caso, serían todas las personas que indicó en su Petición de tutela--Adjunto de información del menor (formulario GC-210(CA)) (en español) presentada, en el punto 1, letras f, g o i, y todos las personas indicadas en el punto 2.
Cómo notificar a todos
Haga la entrega legal o entregue el aviso a cada una de las personas antes indicadas
Necesita que alguien mayor de 18 años, no usted, les entregue en mano o por correo una copia de la Petición, el Aviso y la Comparación entre tutores y otros cuidadores que no son padres (formulario GC-207-INFO/JV-352-INFO S) (en español). La persona que hace esto por usted es la persona a cargo de la entrega legal.
- Haga copias de la Petición, el Aviso y el formulario GC-207-INFO para cualquier persona a la que necesite hacerle la entrega legal. Haga una copia adicional del Aviso de audiencia.
- Dé copias a la persona a cargo de la entrega legal.
- Al menos 15 días antes de su audiencia, la persona a cargo de la entrega legal tiene que entregar en persona o enviar por correo los documentos a todas las personas a las que necesite hacer la entrega legal.
Averigüe si la persona a cargo de la entrega legal tiene que entregar en persona o enviar por correo los documentos de la corte
Para algunas personas, la persona a cargo de la entrega legal tiene que darles los documentos en persona. Esto se llama entrega legal en persona. Para otros, la persona a cargo de la entrega legal puede enviar los documentos por correo. Una vez que la persona a cargo de la entrega legal haya entregado los documentos, tiene que llenar y firmar una Prueba de entrega. Presente la Prueba de entrega en la corte al menos 5 días antes de la audiencia.
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A quién se le tiene que hacer la entrega en persona
- Al menor, si tiene 12 años o más
- A los padres del menor
- A la persona que tenga la custodia legal del menor
- Al tutor del patrimonio del menor nombrado por la corte
- A cualquier persona nominada para tutor del menor
Si presentó una petición para que se nombre tutor a otra persona (no a usted), entonces la persona a cargo de la entrega legal también tiene que entregarle los documentos en persona.
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A quién se le puede hacer la entrega por correo
- A todos los abuelos del menor
- A los hermanos del menor que tengan al menos 12 años (incluidos los medios hermanos)
- A los padres, los tutores o la persona que tenga la custodia de cualquier hermano menor de 12 años
- A cualquier persona que cuide del menor (si esta persona no tiene la custodia legal del menor)
Si usted no está emparentado con el menor, la persona a cargo de la entrega legal también tendrá que enviar los documentos por correo al director de Servicios Sociales del Departamento de Servicios Sociales de California, ubicado en 744 P Street, Sacramento, CA 95814.
Obtenga instrucciones paso a paso sobre lo siguiente:
Cómo hacer la entrega en persona o Cómo hacer la entrega por correo
¿Qué sigue?
Antes de la audiencia, alguien nombrado por la corte (un investigador) se comunicará con usted.
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Regrese a la descripción general
Regrese a la descripción general de todos los pasos para convertirse en tutor.
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Haga la entrega legal en persona
Obtenga instrucciones paso a paso sobre cómo hacer la entrega legal en persona.
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Haga la entrega legal por correo
Obtenga instrucciones paso a paso sobre cómo hacer la entrega legal por correo.
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Vaya al siguiente paso
Obtenga información sobre lo que puede esperar durante una investigación.